PERMISO PARA MATAR

Resulta tremendo constatar cómo ha avanzado, en los últimos cuatro  años, la “cultura de la muerte” en la Argentina. No me refiero ahora a la proliferación del delito, o al número altísimo de accidentes de tránsito –casos en los que se manifiesta claramente el desprecio a la vida– sino a la negación del derecho a nacer de los niños que existen ya, en diverso grado de desarrollo, en el seno de sus madres. Basta registrar que importantes funcionarios de la actual administración se pronuncian con frecuencia a favor de la legalización del aborto, para advertir que la mentalidad abortista crece bajo el amparo oficial.

El Ministro de Salud de la Nación no pierde ocasión para hacerlo, sin reparar en que su campaña vulnera principios científicos, jurídicos y constitucionales, como si se tratara tan sólo de un problema sanitario, de una cuestión de asepsia. La presidenta del INADI, el Instituto Nacional contra la Discriminación, lo hace en nombre de los derechos humanos. Por supuesto, ignorando el derecho de los niños que serán masacrados impunemente si tiene éxito su intervención. El ministro de Salud de la provincia de Buenos Aires ha dado permiso para practicar abortos mediante un acto administrativo. Un protocolo dispone que en todos los hospitales se debe practicar el aborto cuando se presente un caso encuadrado en el artículo 86 del Código Penal. Se ha llegado a esta resolución para vencer las reticencias de los médicos, que además de decidirse a traicionar el juramento hipocrático podrían verse implicados en un caso judicial.

En el Congreso de la Nación se está considerando un proyecto de ley que, de sancionarse, significará un primer paso hacia la legalización total del «crimen abominable» (así llamó al aborto el Concilio Vaticano II). Parte de las dos excusas absolutorias ofrecidas en el artículo 86 del Código Penal. Excusa absolutoria no significa permiso, o concesión, sino que el delito -según el Código el aborto no deja de ser tal- no es castigado cuando se realiza para evitar un supuesto peligro que amenaza la salud o la vida de la madre, y en el caso de una mujer idiota o demente violada. Estas disposiciones del Código Penal expresan la mentalidad y el lenguaje de los años veinte del siglo pasado, época en que reinaba una mentalidad eugenésica que es marcadamente discriminatoria, y cuando la medicina no contaba con los medios de que hoy dispone, que hacen innecesaria, inviable, la opción entre la vida de la madre y la del hijo. Aquellas excusas absolutorias, además de anticuadas, son anticonstitucionales, ya que la Constitución Nacional ha incorporado la valoración y la tutela del derecho a la vida del ser humano desde el instante de la concepción. Pero las nuevas certezas científicas y los avances del Derecho no son tenidos en cuenta por los autores del mencionado proyecto.

El dictamen que legisla sobre el modo de proceder «en casos de aborto no punible» reinterpreta el Código Penal en nombre del «derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental» y permite la eliminación de los niños por nacer si son fruto de una violación (en todo caso de violación) o si se presume riesgo para la salud no sólo física sino también mental de la madre. Una adolescente de 14 años podrá abortar sin conocimiento de sus padres; las obras sociales y las prepagas deberán cubrir todos los gastos de la operación que, por supuesto, será gratuita en los hospitales públicos. Si bien el texto reconoce la posible objeción de conciencia de los médicos y demás integrantes del equipo sanitario, se obliga a todas las instituciones a prestar el servicio disponiendo los reemplazos necesarios. Un verdadero atropello.

Los partidarios vernáculos de la legalización del aborto adoptan las conocidas tácticas del movimiento pro-abortista mundial, que incluye la manipulación de las estadísticas; llegan hasta afirmar que hay tantos abortos clandestinos como nacimientos. Se apela también a argumentos que conmueven la sensibilidad y se subraya el flanco dramático de ciertos casos. Pero es ignorada la víctima inocente; no se habla del niño por nacer, el principal implicado en las medidas que se preparan contra él. Como si para él, a favor del inocente, no se hubiera pronunciado el mandato bíblico: ¡no matarás! Mal futuro aguarda a un pueblo en el que la liquidación de los más indefensos se permita por ley ¿Hasta qué abismos se hundirá su calidad moral?


Mons. Héctor Aguer, arzobispo de La Plata

 

Fuente: Diario El Día, La Plata (28-6-07)